09/10/2026
Antes de soñar con planos constructivos, hay dos papeles municipales que mandan: el certificado de uso de suelo y la carta de disponibilidad de agua.
Los planes reguladores y reglamentos municipales, junto con la Ley de Construcciones N.° 833, condicionan cualquier permiso de obra a que el terreno tenga un uso conforme y una fuente hídrica formalmente acreditada, sea del acueducto o de un pozo con concesión vigente.
Muchos proyectos avanzan hasta la ventanilla municipal y ahí se topan con pared: sin disponibilidad demostrada, no hay licencia constructiva, por más bonito que esté el diseño.
Acompañamos al desarrollador en la gestión de ambos requisitos, articulando lo municipal con lo hídrico para que el expediente llegue completo.
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